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La voz de los cazadores es la savia de la caza social en España, por eso es importante que entre todos expresemos nuestras inquietudes sobre todo lo que nos afecta, de una forma respetuosa y sencilla.

La caza social debe recuperar el protagonismo que le quitaron durante las últimas décadas y que mejor forma de hacerlo que a través de la voz de los cazadores.

Este espacio es un punto de encuentro de todos los cazadores sociales de España, por eso la UNAC te invita a participar en él con tus aportaciones.

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Mucho se está hablando sobre el anteproyecto de la Ley de Montes desde todos los sectores relacionados con la materia. En este marco, la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) ha presentado alegaciones debidamente justificadas al borrador de dicha norma, en la que se han incluido aspectos que afectan a todos los cazadores españoles. En este artículo les detallamos todos los puntos presentados por la UNAC.


El primero de los puntos que se ha querido incluir en la nueva Ley de Montes es la creación de una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética, aspecto sobre el que la Unión de los Cazadores manifestó que «está a favor de una norma básica sólida y unificadora para la caza que ofrezca igualdad a todos los cazadores del Estado, por lo que no comparte que se quiera elaborar una Estrategia Nacional de Gestión Cinegética, ya que ésta no será norma básica de ley para las comunidades autónomas, lo que conllevará a mantener los problemas actuales, pues las estrategias tienen un carácter orientativo y no legislativo de obligado cumplimiento».

Opinión que la UNAC ha puesto sobre la mesa durante los últimos años en infinidad de ocasiones, tanto por escrito como en las reuniones mantenidas con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA).

La UNAC ha llegado incluso a redactar un borrador de anteproyecto de Ley del Patrimonio Natural Cinegético, el cual presentó hace unos años ante todas las administraciones con el fin de que se impulsara y aprobase.

El aprovechamiento de la caza

En contraposición, el MAGRAMA siempre ha respondido que la administración y regulación de la caza es competencia exclusiva de las comunidades autónomas y que el Estado no puede entrar en su terreno.



El último en recordárselo a la UNAC fue el secretario general de Agricultura, Carlos Cabanas, cuando se presentó, hasta en cuatro ocasiones, la solicitud para que se incorporaran instrumentos para el aprovechamiento sostenible de recursos cinegéticos en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020.

Contrariamente a estas tesis del MAGRAMA, el Consejo de Estado dictaminó en el trámite de la nueva Ley de Montes que «el Tribunal Constitucional también ha señalado que, si bien el Estado no tiene competencia en materia de caza ni de pesca fluvial (salvo la de mantener la legislación supletoria) –FJ 26 de la STC 102/1995–, sin embargo, cuando lo que el Estado pretende regular ‘guarda una cierta relación con el ejercicio de la caza y de la pesca, pero sin incidir en ellas directamente’ (Id., FJ 27), el Estado sí puede regularlas haciendo uso de la competencia en la materia que indirectamente está relacionada con la caza o la pesca fluvial».

Siguiendo con el análisis del contenido de la nueva Ley de Montes, la UNAC no está de acuerdo tampoco en que se pretendan regular los diversos asuntos cinegéticos que afectan a los cazadores a través de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, pues entiende que dicho órgano poco o nada tiene que ver con la caza.

Sobre la licencia interautonómica

La creación por iniciativa estatal de una licencia de caza interautonómica también aparece regulada en la nueva Ley de Montes, pero, curiosamente, el Consejo de Estado dictaminó que «en su redacción actual es, pues, claramente inconstitucional el modelo ‘impuesto’ en dicho apartado 2, salvo que la decisión a adoptar por la Conferencia Sectorial y sus efectos sean meramente políticos nunca con eficacia jurídica directa–, de manera que no puedan dichos acuerdos de la Conferencia vincular obligatoriamente a las comunidades autónomas, que, si bien podrán remitirse a los mismos en su legislación exclusiva en la materia de manera que el contenido del acuerdo sea hecho suyo por decisión unilateral, no pueden ser sustituidas en su competencia exclusiva por la Conferencia Sectorial.

Por tanto, no resulta constitucional pretender la validez jurídica de estos acuerdos, lo que sólo puede, no obstante, salvarse si se dice expresamente que este modelo podrá ser adoptado por las comunidades autónomas en su legislación de caza y pesca fluvial, teniendo, mientras tanto, validez sólo como acuerdo político (o jurídicamente no vinculante)».

Llegados a este punto, ¿qué nos queda entonces de la licencia interautonómica del MAGRAMA?

Sobre el Registro Español de Infractores de Caza y Pesca

La ministra García Tejerina también declaraba públicamente que «la existencia de este registro facilitará la implantación del mecanismo de reconocimiento mutuo de licencias de caza entre comunidades autónomas».

Dicho registro ya existía en el artículo 35.4 de la derogada Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. A todas luces se demostró inoperativo y, por ello, ni siquiera se incluyó en la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. A modo de ejemplo, en Canarias llevamos intentando mantener actualizado el registro autonómico y está resultando claramente imposible. Por no nombrar las distintas tasas y fórmulas para obtener la licencia en las diferentes islas…

La propuesta de Licencia Única de Caza (Informe LUC) de la UNAC, que se remitió hace años a todos los responsables políticos del Estado y las autonomías, ahorraría dinero y trámites a todas las partes. Además, la fórmula para el trámite de expedición de las licencias no se impone a las comunidades, por lo que no es inconstitucional.

Asimismo, ya cuenta con el visto bueno de las Cortes Generales (BOCG Nº 354 11.11.09), y además no presentaría problemas a la hora de transmitir datos al registro central.

Cuestiones de sanidad animal

Para finalizar, pretendía el MAGRAMA, con una modificación de la Ley de Caza de 1970, asegurar el buen estado sanitario de las especies cinegéticas y evitar la transmisión de enfermedades entre ellas o al ganado doméstico. A ello, la UNAC alegó que no era ese el marco, existiendo ya normativa aplicable al respecto.

Todo ello sin perder de vista la posibilidad ambiciosa de que el Gobierno desarrollara una normativa específica para caza, como en derecho nos merecemos los cazadores y las especies cinegéticas, sin las cuales no existiría la propia actividad.

Finalmente, en el proyecto de Ley por el que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, tramitada por el Congreso de los Diputados, se aprovechará para modificar la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. En definitiva, los cazadores de la UNAC han presentado y seguirán presentando propuestas viables al Gobierno, como ha quedado demostrado con el dictamen del Consejo de Estado en relación a la nueva Ley de Montes.

Seguirán pidiendo y manteniendo cuantas reuniones sean necesarias con el fin de que se impulsen iniciativas en beneficio común del patrimonio natural y de la caza. No obstante, en mi opinión, mucho me temo que la falta de capacidad para escuchar y de asumir responsabilidades por parte de los responsables para cambiar el rumbo retrasarán las soluciones a los problemas denunciados por el sector cinegético desde hace tiempo.

Ver todas las alegaciones presentadas por la UNAC a la Ley de Montes

Juan Miguel Sánchez Roig
Publicado en la revista TROFEO de abril de 2015

Fuente: Club de Caza

Víctor Rafael Mascarell Mascarell
Publicado en la Revista TROFEO nº 483 de agosto 2010.

La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad reconoce a las “Entidad de custodia del territorio (como la): organización pública o privada, sin ánimo de lucro, que lleva a cabo iniciativas que incluyan la realización de acuerdos de custodia del territorio para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad”, y define como “Custodia del territorio (como el): conjunto de estrategias o técnicas jurídicas a través de las cuales se implican a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos.”

A principios del año 2009 escribí el artículo “Entidades de Custodia para el Patrimonio Cinegético”, sobre las realidades, reconocimientos, e iniciativas que pretende, de manera constructiva y positiva, el que las Comunidades Autónomas se involucren de forma real y legal en el reconocimiento y en la labor que vienen ejerciendo desde hace años las Sociedades de Caza o tantas otras, como entidades de custodia, y con la intención de ayudar a establecer el modelo de custodia en España, ya que para mí, la Custodia es una nueva concepción de la protección de nuestro entorno, con la aportación de recursos económicos de instituciones sociales y públicas, implicando a los usuarios y propietarios a través de entidades sin ánimo de lucro, que se transforman en una magnífica herramienta de participación y colaboración de la sociedad civil en la preservación y conservación del patrimonio; pero no solamente del patrimonio natural, también del monumental, cultural, histórico o de cualquier otro ámbito.

Con la custodia, el Estado, que estaba solo en la preservación y conservación de nuestro patrimonio, comparte la labor con la sociedad civil y con la financiación privada. Por ello yo hablaría de custodia y entidades del Patrimonio, y no de custodia y entidades del territorio.

En España, por lo reciente de su implantación, el modelo de custodia se está gestando. Muchas organizaciones custodian nuestro patrimonio y hasta ahora no se les había reconocido: arqueólogos, ecologistas, cazadores, botánicos, naturalistas, ornitólogos, pescadores, etc.; unos por interés, otros por ser usuarios, y otros por convicción; todos tienen que preservarlo y conservarlo, es nuestro patrimonio. Por eso es importante que se les reconozca su labor e implicación, y se les dote de herramientas.

Los cazadores, por ejemplo, desde hace años gestionan parte de nuestra fauna silvestre, la cinegética, realizando acuerdos de custodia, tanto con la Administración pública (planes técnicos de ordenación) como con los propietarios de los terrenos, sean privados o públicos (acuerdos de uso y disfrute), planificando e invirtiendo en mejoras ambientales y de hábitat que benefician tanto al patrimonio cinegético, de las que tienen interés, como a otras especies, sin ningún reconocimiento ni ayuda.

Considero que la idea de la Custodia es buena e importante, y soy de la convicción de que esa figura de entidades de custodia que crea la Ley del Patrimonio Natural, no debería ser acotada por ningún lobby, no corramos el peligro de que algún colectivo determinado trate de dejar fuera a los demás en ésta herramienta de conservación; y que el Estado y las Administraciones, que son las más interesadas, deberían de conducir el modelo que más le interesa a la sociedad actual, estableciendo los cimientos en la participación e inversión civil o pública en la preservación de nuestro patrimonio.

La irrupción en la Península Ibérica de la nueva cepa de neumonía hemorrágico vírica marcará un antes y un después de las poblaciones de conejos en Galicia, ya que ha abierto una serie de incógnitas que nadie sabe resolver en estos momentos.
A la ya delicada situación de las poblaciones gallegas afectadas por los cambios en la agricultura tradicional, y a los brotes de mixomatosis primero y después por las cepas clásicas de la neumonía hemorrágico vírica, se ha venido a sumar la mortalidad de la nueva variante, ya que cuenta con una mayor efectividad en su transmisión, llegando incluso a afectar a gazapos menores de 8 semanas (algo que con las clásicas no sucedía), y lo que es peor, hay datos que parecen indicar que lejos de venir a sustituir a las cepas víricas tradicionales, puede inclusive actuar y “evolucionar” conjuntamente con las otras, por lo que los resultados en el campo pueden ser, por no decir que son, devastadores, llevando incluso a la extinción total de poblaciones enteras en muchas zonas.

No podemos olvidar que hay estudios que parecen indicar que en densidades intermedias o bajas el efecto de las enfermedades combinadas con la depredación y la propia caza son devastadores. El problema es que ese tipo de poblaciones son las que suele predominar en los terrenos que gestionan nuestras Sociedades de Cazadores.

Esta situación, a día de hoy, hace necesario la toma de medidas urgentes cara la preservación de las poblaciones autóctonas, mientras se ponen en marcha estudios que permitan averiguar como solventa la naturaleza esta situación tan crítica. Es decir, determinar cual es el estado real de conservación del conejo en Galicia. De lo contrario podemos estar enfrentándonos a una catástrofe medioambiental sin precedentes por la perdida de una especie clave para nuestros ecosistemas.

Es importar recordar que en España encontramos dos subespecies de conejos, lacuniculus cuniculus y la cuniculus algirus, siendo esta última la que está más presente en Galicia, con la particularidad de que son genéticamente hablando más próximos a los conejos del norte de Portugal que a los del resto de la Península Iberica.

«Los conejos de monte gallegos pertenecen mayoritariamente a los haplotipos A2Rba y ARb4, al igual que los conejos del norte de Portugal (Branco et al 2000,Piorno 2008). Únicamente una proporción testimonial (2.9%) de los conejos de origen salvaje muestreados pertenecen a la línea mitocondrial B. Esta línea habría ocupado un refugio glacial en el sureste peninsular, expandiéndose hacia el norte por la costa mediterránea y hacia el interior por el valle del Ebro (Branco et al 2002). La explicación más probable a la baja prevalencia detectada en Galicia de esta línea es que los macizos montañosos del oriente gallego habrían bloqueado su entrada, pues el conejo es una especie que tiende a evitar alturas mayores a los 1000 metros (Blanco y Villafuerte1993). El valle del Sil podría haber servido de vía de entrada a algunos ejemplares (en cualquier caso en número muy reducido), teniendo en cuenta que la prevalencia de conejos de la línea B es algo más alta en la provincia de Ourense. (Mapa genético del conejo de monte en Galicia)».

Una de las principales medidas de gestión que se han aplicado para recuperar las poblaciones de conejos durante los últimos cuarenta años ha sido y sigue siendo, la realización de repoblaciones de conejos; llegando incluso a ser la única que se aplica por muchas Sociedades de Cazadores de Galicia. Además, las propias Administraciones (Xunta de Galicia, Diputaciones, etc..), durante largos periodos de tiempo las han fomentado, ya que cuentan incluso con granjas propias con las que facilita o facilitaba conejos a las sociedades de caza. Señalar que en estas granjas no se ha podido garantizar el origen de los conejos de poblaciones autóctonas gallegas hasta hace pocos años.

Lo que si parece de sentido común es que cualquier conejo que traigamos a nuestros terrenos y no proceda de los que hay en los montes gallegos o del norte de Portugal, se adaptará peor y tendrá menos posibilidades de sobrevivir. Hablar de un animal autóctono es hablar de millones de años de evolución y adaptación al medio. Creo que todos somos más que conscientes de este punto, ya que es de sentido común.

Como dato curioso señalaremos que en citado mapa genético, la presencia de animales procedentes de otros lugares de la Península Ibérica es muy bajo, pese a ser conocido por todos que se han hecho bastantes repoblaciones con conejos procedentes de Toledo, Navarra, Sevilla, Zamora o Murcia. Entonces, ¿por qué motivo no se han asentado esas nuevas poblaciones en Galicia? La respuesta es sencilla, ya que proceden de otros lugares con unas condiciones totalmente distintas a las nuestras y no han sido capaces de adaptarse.

Tampoco podemos olvidar que en estudios realizados en granjas cinegéticas gallegas basadas en jaulas, los individuos mostraban haplotipos propios del conejo doméstico (Piorno 2008).

Un estudio firmado por el Grupo de Producción y Gestión Cinegética de la Universidad de León, en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ofrece datos sobre el número y distribución de granjas de conejo de monte y liebres en España, así como el posible número de animales que se estarían produciendo y evolución del sector durante el período 2005-2010.

Las granjas de conejo de monte están distribuidas por toda España, si bien la mayoría se encuentran en Cataluña, Galicia, Andalucía y Castilla-La Mancha. En el año 2010 existían 114 granjas registradas, con una posible producción de 225.000-265.000 conejos de monte al año. (SÁNCHEZ-GARCÍA, C., ALONSO, M.E., DÍEZ, C., PABLOS, M., GAUDIOSO, V.R. An approach to the statistics of wild lagomorph cautive rearing for releasing purposes in Spain. World Rabbit Science. 2012, doi:10.4995/wrs.2012.1030).

La propia experiencia de las Sociedades de Cazadores que marcan estos conejos usados en las repoblaciones, demuestra que su supervivencia es normalmente mas baja que la de los nacidos en el campo y además, que son más fáciles de cazar. Por lo que resulta curioso ver como en zonas donde se viene realizando una intensa actividad repobladoradurante años y años, nos podemos encontrar aún ejemplares autóctonos (aunque pensamos que son los procedentes de las repoblaciones), lo que demuestra que su capacidad de adaptación y supervivencia les da un valor ecológico incalculable.

Y no podemos olvidar tampoco que los conejos que usamos en las repoblaciones vienen acompañados por un completo equipaje de virus, bacterias y parásitos propios de sus zonas de procedencia y que nada tendrán que ver con los que sufren y padecen nuestros conejos autóctonos, con lo que el desastre está garantizado. En consecuencia, cuanto más alejado sea el origen de los conejos con los que repoblamos, mayor es el riesgo sanitario que estamos provocando, por lo que el sentido común nos dice que debemos buscar conejos que procedan de criaderos lo más cercanos posibles al territorio donde vamos a realizar la repoblación.

Lo ideal sería tener una zona dentro del propio acotado y que esté destinada a la extracción de ejemplares para las repoblaciones; para que los conejos estuvieran conviviendo con las enfermedades del lugar, porque las teorías mas modernas y recientes sobre la gestión del conejo hablan de «gestión sanitaria basada en el manejo de poblaciones naturales inmunizadas» (Mechan, Portas 2010).

Jaime Veiga Fontán
Presidente de SOS COELLO DE MONTE DE GALICIA
soscoello.blogspot.com.es

Un informe preliminar sobre la situación del ganado asilvestrado en la Red Natura 2000 de Canarias, da la razón a la propuesta de la Sociedad de Cazadores la Laurisilva sobre el control de cabras y ovejas en la Gomera por parte de los cazadores.



El Servicio de Biodiversidad de la Dirección General de Protección de la Naturaleza del Gobierno de Canarias financia este informe. La realización de este trabajo no hubiese sido posible sin la colaboración de un abundante número de biólogos, técnicos y naturalistas que indicaron y facilitaron el acceso a información relacionada con la historia, aprovechamiento, gestión y los efectos que provocan las cabras asilvestradas sobre el medio ambiente de Canarias.

Lo importante y relevante para los cazadores gomeros es que en dicho informe se dice de forma textual en referencia al control de cabras asilvestradas:“por cuestión de logística y presupuesto, será enormemente recomendable contar con la colaboración de las asociaciones de caza”.

Si recopiláramos información, allá abril del 2014 la Sociedad de Cazadores la Laurisilva presentó modelo de control para el ganado asilvestrado en la Gomera por parte de los cazadores locales.

Actuación planteada para su ejecución en el 2015 en la que se contemplaba el consumo de los animales cazados, o la gestión de los mismos conforme a la normativa aplicable.





En contraposición, la consejería correspondiente rechazó dicha propuesta argumentando que los cazadores íbamos en contra del acuerdo tomado por el Consejo de Gobierno del Cabildo de la Gomera. El cual, determinó adjudicar contrato por 19.959,52 euros a TRAGSA para el abatimiento de reses. Lo que se convirtió en un fiasco, según los medios de comunicación, al encontrase un alto número de cadáveres abandonados en senderos y caminos tras los primeros días de actuaciones contraviniendo la legislación.

Por lo tanto, que el Gobierno Canarias haya elaborado un informe preliminar donde dice lo mismo que propusimos los cazadores, nos hace pensar y al mismo tiempo nos convence que el planteamiento realizado en abril del 2014 por la Laurisilva era el más correcto e idóneo para realizar un control eficaz y no malgastar dinero. Tal vez, nuestros políticos debieran estudiar antes de acceder al cargo los principios por los que se deben regir las administraciones públicas.

Eloy Coello Luis.
Presidente de la Sociedad de Cazadores la Laurisilva.
Vocal de la Asociación Canaria de Entidades de Caza (ACEC)

INFORME PRELIMINAR SOBRE LA SITUACIÓN DEL GANADO ASILVESTRADO EN LA RED NATURA 2000 EN CANARIAS

PROPUESTA SOCIEDAD DE CAZADORES LA LAURISILVA


En relación a lo publicado recientemente en varios medios digitales sobre la miasis nasofaringea del corzo, queremos hacer pública nuestra opinión sobre el particular:
1º.- La aparición en España de esta enfermedad parasitaria del corzo se produjo durante la primera década del presente siglo. En los análisis realizados en corzos muertos antes del año 2000, con la única técnica validada hasta el presente, todos los casos han resultado negativos pudiendo afirmar hasta el presente que la enfermedad empezó a circular en España en una fecha posterior. Creemos que fue debido, con toda probabilidad, a la introducción de corzos procedentes de otros lugares de Europa sin que se hubieran adoptado las adecuadas cautelas sanitarias.

2ª.- La Asociación del Corzo Español ha venido realizando el seguimiento sistemático de casos y la recogida de muestras biológicas de los corzos afectados y reportó los primeros casos a los responsables de las distintas redes de vigilancia epidemiológica de la fauna silvestre autonómicas y nacionales, así como a los centros especializados en enfermedades de la fauna cinegética. Esto se hizo en los años 2005 al 2007.

3º.- La identificación de Cephenemyia stimulator como agente causal del proceso fue realizada por el Dr. Javier Lucientes, profesor de la Universidad de Zaragoza, reputado entomólogo veterinario, a partir de muestras enviadas por la Asociación del Corzo Español. Este mismo profesor fue el primero en referir la posibilidad de que el parásito fuera introducido mediante corzos de otras procedencias no ibéricas. En el año 2008 publicamos en nuestro Boletín el hallazgo de los primeros casos nativos en el Occidente de Asturias. Desde entonces la ACE ha venido recogiendo las comunicaciones de casos en toda España y ha remitido las muestras para su análisis.

4º.- La Asociación del Corzo Español, en el año 2008, estableció contacto con la Dra. Patrocinio Morrondo, catedrática de Parasitología y Enfermedades parasitarias de la Universidad de Santiago de Compostela, para el estudio del desarrollo de una prueba diagnóstica mediante el desarrollo de un test inmunológico. La validación de este test de inmunodiagnóstico ha sido recientemente publicado en la revista Medical and Veterinary Entomology que está indexada dentro del primer cuartil de las Revistas de Ciencias Veterinarias. Además, los resultados hallados sobre la seroprevalencia de esta miasis que afecta a los corzos en España, ha sido comunicada en diferentes Congresos Científicos Nacionales (Sociedad Española de Parasitología) e Internacionales (Sociedad Italiana de Parasitología y Mediterranian Federation for Health and Production of Ruminants). Asimismo, el equipo dirigido por la Dra. Morrondo cuenta con una amplia experiencia en el seguimiento sanitario de los corzos españoles, con un elevado número de publicaciones científicas en revistas indexadas de ámbito internacional y un altísimo nivel de solvencia científica.

5º.- Queremos hacer notar que el profesor Luis Eusebio Fidalgo no forma parte de este equipo y no ha colaborado en el desarrollado del seguimiento de la enfermedad realizado por el Área de Sanidad Animal (Departamento de Patología de la Universidad de Santiago de Compostela) y no se ha procesado ninguna muestra remitida por el profesor L.E. Fidalgo o Fedenca.

6º- El comunicado hace referencia a la posibilidad de frenar la progresión de la enfermedad en los corzos merced al uso de alguna molécula milagro. Desde la Asociación del Corzo Español queremos alertar de la falta de rigor y el riesgo que contiene esa afirmación. No existe ninguna molécula que pueda considerarse eficaz en el tratamiento de las miasis en la fauna silvestre. El uso de las lactonas macrocíclicas, únicas moléculas eficaces en animales domésticos o en cautividad, no pueden ni deben ser usadas para tratar animales en régimen de libertad, tanto por el problema de dosificación, que genera resistencias, como un problema de residuos en la carne de los animales cazados o de toxicidad ambiental. En todo caso, su utilización debe someterse a lo recogido en la normativa española sobre el uso racional del medicamento veterinario. Por otra parte, la referencia a esencias o repelentes añadidos a bloques de sal como repelentes de los adultos de Cephenemyia carece de cualquier aval científico serio. Estas noticias pueden generar una vana esperanza en los cazadores y gestores y hacerles incurrir en gastos inútiles. Su uso es totalmente desaconsejable, tanto por su baja o nula eficacia como por el efecto que tendrían en la prolongación del proceso epidémico.

Los corzos superarán este brote epidémico como lo han hecho en otros lugares de Europa en los que se ha producido.

7º.- La Asociación del Corzo Español quiere recordar la importancia de realizar una gestión responsable de la caza. Eso incluye el mantenimiento de poblaciones equilibradas, densidades sostenibles, la elaboración de buenos planes de caza, su seguimiento, el cumplimiento de los cupos y la colaboración con entidades solventes. La ACE, una vez más, alerta sobre el riesgo de la translocación de animales, ya sea para repoblar, conseguir mejores trofeos, o cualquier otra causa. Esta asociación financia con sus propios recursos económicos un proyecto de seguimiento sanitario del corzo en España, ya que la cephenemiosis no es la única amenaza para esta especie.

8º.- La Asociación del Corzo Español y el Departamento de Patología de la Universidad de Santiago de Compostela no tienen ningún interés en participar en debates estériles en estas materias, pero tampoco pueden aceptar que el trabajo realizado quede como luz de gas.

8º.- La Asociación del Corzo Español manifiesta su disposición a la colaboración con entidades solventes en materia científica o de gestión para la mejor conservación del corzo y la defensa de su condición como especie silvestre y cinegética en España.

 

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