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La Caza Social

 

 

La caza social

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Aspectos sociales de la caza
D. Francisco Ortuño Medina (Dr. Ingeniero de Montes) de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial del Ministerio, en relación a la LEY 1/1970, DE 4 DE ABRIL, DE CAZA (BOE Nº. 82, de 6.04.70).

 

Extremadura desarrolla la identidad de las Sociedades de Cazadores
Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el DECRETO 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión.

 

Caza social, recreativa y sostenible
Víctor Rafael Mascarell Mascarell. Presidente de la Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA), y miembro de la Junta Directiva de la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC). Publicado en la Revista Trofeo, Caza y conservación nº 549 de Febrero 2016.

 

Sergio Pavón defendiendo la Caza Social

 

Manifiesto Mundo Rural

Caza social, recreativa y sostenible

La caza social, recreativa y sostenible es todo lo relacionado directa o indirectamente con las personas que poseen una licencia de caza y la practican de manera recreativa agrupándose en sociedades, asociaciones o uniones de cazadores sin ánimo de lucro, sin un fin deportivo o competitivo, ni económico o mercantil, basado en el beneficio y autocontrol mutuo y en el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales de un territorio que custodian; donde la actividad o acción que se desarrolla en el ejercicio o gestión de la caza no pone en peligro las poblaciones de especies cinegéticas y no cinegéticas, ni sus hábitats, y sus miembros como propietarios, nativos o vinculados en dichos lugares rurales se involucran socialmente en su organización, transmitiendo de generación en generación sus actividades, patrimonio, conocimientos y tradiciones.

Debemos preservar la caza social

Tendríamos que retroceder a la prehistoria para encontrar la verdadera razón de la existencia de la caza social en las sociedades de cazadores-recolectores, una organización social a través de la caza y los cazadores que ha inculcado comportamientos y valores al hombre, y se ha transmitido de padres a hijos y de abuelos a nietos, a lo largo de siglos.

Las sociedades de cazadores-recolectores han sido una de las formas de organización y de subsistencia social más antiguas y persistentes de la historia del hombre: estableciendo jerarquías, trabajos en equipo, división de tareas, movilidad, sostenibilidad de los recursos naturales, conocimientos territoriales, medio de transmisión de información y experiencia, creación de arte, fabricación de herramientas y utensilios, etc. Una forma social de la caza que ha perdurado y aportado a la sociedad actual concepto y valores para la convivencia social y la sostenibilidad medio ambiental. Comportamientos sociales en el seno de la caza que han transcendido a lo largo de los siglos a nuestra sociedad actual.

El hombre es cazador y animal social por naturaleza y racional por evolución, lo lleva en sus genes, y vive y se relaciona con sus semejantes a través de grupos sociales, que le han proporcionado a lo largo de su historia un beneficio común y personal. Nuestros abuelos y padres durante siglos han cazado y se han relacionado en el seno de las sociedades de cazadores, como lo hicieron sus ancestros organizados en las sociedades de cazadores-recolectores, donde su característica más destacable está basada en el beneficio y autocontrol mutuo, y en el aprovechamiento de recursos naturales sin llegar a agotarlos utilizando la gestión como estrategia de ejecución.

Este aprendizaje desde la prehistoria hasta nuestros días, a través de las sociedades de cazadores, forma parte de nuestra historia, nuestras raíces y de nuestra tierra, y conforma nuestra identidad. Por ello preservar la caza social, recreativa y sostenible y abogar por los 12 derechos de los cazadores es honrar la cultura, tradiciones e idiosincrasia y las señas de identidad de nuestros antepasados.

 


 

 

 

La organización de la caza social

Los cazadores nos unimos mediante sociedades de cazadores con el fin de gestionar el territorio en el ámbito local-municipal. Las sociedades de cazadores se agrupan en asociaciones de caza con carácter provincial, insular o autonómico. A su vez, las asociaciones de cazadores autonómicas se vinculan entre si en una asociación de carácter nacional.

La Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) representa a la caza social y recreativa ante las administraciones estatales; al margen de la caza deportiva (cazar más en menos tiempo) y comercial (hacer negocio con la caza).

La caza es una actividad recreativa, según define la Comisión Europea cuando habla en sus textos de la materia cinegética. La cinegética (arte de la caza) es un elemento de conservación cuando los recursos naturales se aprovechan de forma sostenible como dice la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN). Por lo tanto, el cazador es un elemento indispensable para el equilibrio de las poblaciones de fauna silvestre.

Sus alianzas con otros cazadores en asociaciones de cazadores son totalmente necesarias para mejorar y restaurar los hábitat de las especies cinegéticas y no cinegéticas, como desde hace décadas se viene realizando, y para involucrar a la sociedad en la preservación de nuestro rico Patrimonio Natural. Sin embargo, esa labor de preservación del Patrimonio Natural Cinegético no es reconocida desde las instituciones oficiales, ni mucho menos respaldada, aunque éstas les hayan impuesto la planificación de dicha labor a través de los Planes de Caza o planes de ordenación cinegética desde hace años.

 

Los Cazadores

La caza social está constituida por lo cazadores de pueblos, aldeas, y emigrantes a las grandes ciudades que con sus descendientes contribuyen con los terrenos de su propiedad y de los vecinos donde nacieron, al común territorio gestionado desde las sociedades de cazadores en las zonas rurales donde se criaron.

Cazadores con multitud de sentimientos genéticos ancestrales que no le permiten desligarse del contacto con la naturaleza, como medio de evasión y esparcimiento. Una vez se ha perdido la necesidad de cazar para alimentarse. Cazadores con grandes conocimientos del medio natural y folklore de las zonas de origen, reconocidos para otras materias, pero obviados para la caza. Cuestiones de identidad e idiosincrasia de los cazadores que les son arrebatadas por muchas administraciones cuando regulan y tratan a los cazadores y a sus asociaciones de caza como entidades deportivas.

Incluso algunos, para vivir y aprovecharse de los cazadores y de la caza, nos han hecho creer que la caza es un deporte, cuando es mucho más que un simple deporte. Por eso, es necesario la implicación y el respaldo de cada uno de nosotros en una pasión única de devolver a la Caza lo que en derecho le pertenece (Derecho de la caza 1). Sobre todo en estos momentos críticos de valores que acentúan un individualismo exacerbado provocado, entre otras razones, por una sociedad de consumo que se tambalea.

El respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social. La separación del mundo rural del urbano acentúa el desconocimiento de la labor de conservación que realizan los cazadores. Lo que provoca ataques continuos en contra de la caza. Por ello, depende de nosotros, los cazadores, restablecer nuestro derecho a ser tratados con dignidad, decoro y honorabilidad (Derecho de la caza 2); con una actitud positiva, modélica y respetuosa desde ésta parte. Subestimada por aquellos que desde la ignorancia nos juzgan con una falta de respeto atribuido a sus derechos extremistas, que quieren que el derecho de los cazadores empiece al terminar el suyo, pretendiendo pasar por encima de los derechos que siempre tuvieron los cazadores.

 

Las Sociedades de Cazadores

Las sociedades de cazadores gestionan, conservan y ponen en valor con carácter general el territorio municipal al que están vinculadas e adscritas. Trabajos de siembras, comederos, instalación de bebederos, creación de balsas o aguaderos, limpiezas arbustivas, construcción de majanos, control de predadores oportunistas, etc… mejoran el hábitat y las poblaciones de las especies cinegéticas, no cinegéticas y protegidas.

También realizan controles de plagas en relación a la agricultura o la seguridad vial. Entidades, las sociedades de cazadores, que a través de acuerdos con los propietarios custodian esa parte de nuestro patrimonio natural, el de las especies silvestres cinegéticas, como entidades de 1er. nivel. En contraposición no se les reconoce a las sociedades de caza lo que en derecho resulta evidente, lo que son y lo que hacen. Entidades para la preservación del Patrimonio Natural Cinegético, y su custodia. (Derecho de la caza 5)

En conjunto, si hiciéramos números, la caza social estaría por encima en la preservación del medio natural respecto a las inversiones reales de las administraciones u otras organizaciones. Además de dichas inversiones económicas, los cazadores, con las cuotas sociales financian las tasas de matriculación de los acotados, los seguros de responsabilidad civil, las cesiones de terrenos comunales etc., lo que supone un movimiento económico nada baladí. No proporcional, en ninguno de los casos, a la ayuda recibida desde las administraciones. Sobre todo, teniendo presentes a otros grupos conservacionistas que si perciben y no aportan. Lo que en derecho debería implicar una financiación específica y acorde para la caza partiendo de lo que ingresamos los cazadores por ese concepto. (Derecho de la caza 12).

Resulta esencial que las sociedades de cazadores recojan en sus Estatutos sociales esas labores a favor del medio natural, que difícilmente serán reconocidas siendo entidades deportivas: Clubes y federaciones deportivas amparadas en leyes deportivas y registros que tienen otros objetivos a la caza.

Filosofías deportivas introducidas a martillazos durante décadas con el fin de que algunos puedan vivir de la caza y los cazadores, como ha quedado demostrado sobradamente.

Sin embargo, los cazadores y las asociaciones de caza cuentan con las leyes de caza. Normas eminentemente ambientales aplicadas desde las consejerías de Medio Ambiente o relacionadas con el Medio Rural en la que la principal finalidad es la de fomentar, proteger, conservar y aprovechar ordenadamente los recursos cinegéticos. Fines también contenidos en los Estatutos de las Sociedades de cazadores.

Leyes de caza que para regular la organización de los cazadores y de sus agrupaciones acuden en muchas ocasiones a la parcela deportiva. Cuando sólo unos pocos cazadores practicamos el deporte de forma puntual y compitiendo en el seno de la caza. Aunque el noble arte cinegético tenga intrínseco el ejercicio físico, como otras actividades lo tienen y no por ello son deportivas. Si esto lo sumamos a que nuestras sociedades de caza gestionan territorio y no deportes. Entonces representa un derecho que desde la ley de caza correspondiente contemos con una regulación conforme a la realidad que practicamos. (Derecho de la caza 4)

 

Las Asociaciones de Caza Autonómicas

Las asociaciones de caza autonómicas, tienen como fines, entre otros: La representación, coordinación, gestión, defensa, y apoyo de todo cuanto guarde relación directa o indirectamente con la Cinegética o la caza, o que tengan por objeto el ejercicio de la acción de cazar. Además colaboran con la Administración Autonómica y sus organismos en la ordenación, normalización, y regulación de cuantas normas y actividades puedan afectar a los intereses cinegéticos y al mundo de la Caza, como materia con identidad legal y jurídica propia. Proponiendo la adopción de cuantas medidas se consideren convenientes. Incentivan la solidaridad y el asociacionismo mediante la promoción, creación, y realización de servicios colectivos, individuales, o comunes de naturaleza asistencial para las sociedades de cazadores. Asesorando y ayudando a estas últimas de forma continua para que ellas, por si mismas, mediante la información rigurosa y fiable, sean capaces de enfrentarse a los continuos retos de la gestión cinegética en base a la normativa aplicable y a los estudios más avanzados.

Deben velar y exigir el derecho (Derecho de la caza 10) al control de los estados poblacionales y de la calidad sanitaria de las especies cinegéticas de su CCAA ante las administraciones con competencias en la materia. Procurando defender a las piezas silvestres y naturales de caza y alertando de aquellas agresiones como la introgresión genética, las enfermedades que les afectan, el uso abusivo de fitosanitarios, los monocultivos intensivos, el abandono forestal, las infraestructuras fragmentadoras del territorio y, en general, de los actos que impidan su normal desarrollo.

Además deben reclamar que se realicen las mejoras ambientales a los poderes públicos para la recuperación de las densidades poblacionales de las especies de fauna y de sus hábitat; siguiendo las demandas que les trasmitan las sociedades de cazadores, o por iniciativa propia, en íntimo acuerdo con ellas por conocer sobradamente sus necesidades.

Las asociaciones de caza autonómicas, buscan la participación (Derecho de la caza 9) de los cazadores en aquellos temas que les afectan. Por ejemplo, en legislaciones de protección o transporte de animales, aplicaciones sanitarias que afectan a las especies cinegéticas, disposiciones y decretos de desarrollos de las leyes de caza y sus procedimientos, reducción de burocracia en el sector cinegético, entre otras. Constituyen el segundo nivel de la custodia del patrimonio natural cinegético coadyuvando a las sociedades de cazadores y a sus miembros y propietarios en la adopción y ayuda en la elaboración de acuerdos de custodia, conformando el 2º nivel de la red de entidades de custodia del Patrimonio Natural Cinegético.

 

La Asociación de Cazadores Estatal

En la cúspide de la organización aglutinadora para la preservación del Patrimonio Natural Cinegético, formada desde la base por cazadores con derecho a voto por la posesión de una licencia de caza (Derecho de la caza 6), está la Asociación de Cazadores de ámbito Estatal.

Entidad de custodia de 3er nivel de nuestro bien más preciado, las especies de caza. Aglutinando a las asociaciones de caza de 2º nivel y a las sociedades de cazadores de 1er nivel. En conjunto, cazadores identificados con su propia estructura y organización (Derecho de la caza 7).

No se puede pasar por alto el derecho a tener Organismos en las administraciones (Derecho 8) dedicados a la caza, desde el Ministerio competente, hasta las comunidades autónomas pasando por la organización territorial del Estado actual. Con personal cualificado que trabaje para y por la caza. Ya que sin ese respaldo de las instituciones y organismos públicos nunca existirá la continuidad necesaria para el funcionamiento correcto del sector, y el respaldo de la opinión pública.

Por otra parte, la igualdad (Derecho de la caza 3) de los ciudadanos ante las leyes debe garantizarse, independientemente de la comunidad autónoma (CCAA) en la que se practique la caza. De la misma forma debería suceder para todas las normas particulares que afectan a los cazadores. Por eso, debería existir una normativa de carácter básico estatal para la caza. Unificadora de criterios para ordenar el mundo de la caza de forma global y sin distinciones entre cazadores por residir en un lugar u otro.

Del grado de implicación de los cazadores y de nuestras asociaciones de caza, depende la consecución de los Derechos de la Caza. Derechos que emanan de la Constitución Española y del Estatuto de Autonomía de las diferentes regiones. Documentos donde a la caza se le da identidad propia a legislar, mediante las distintas leyes de caza y demás normas de desarrollo. Pero que sin una demanda clara, fundamentada y unida por parte de los cazadores y de sus asociaciones, serán derechos obviados desde las Administraciones.

 

Puedes ver los 12 derechos de la caza pinchando aquí.

 

Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) [email protected]

Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número: 586707

Código de Identificación Fiscal (C.I.F.): G-97716351

Dirección de correos: Apartado Postal 140 AP, 41940 Tomares (Sevilla).

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