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Las sanciones de caza en Catalunya

Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2020 de 29 de abril donde se establecen, además de regular otras muchas materias, las nuevas sanciones previstas para la actividad cinegética, ha crecido el malestar entre el colectivo de cazadores.
martes, 26 de mayo de 2020


En la citada norma se reglan los tramos de sanciones atendiendo a la distinta calificación de las infracciones en que se pueda incurrir. Estas se gradúan en cuatro tipos: leves, menos graves, graves y muy graves.

Realmente el aumento de la cuantía económica no dista mucho de las establecidas en el resto de comunidades autónomas respecto de los tres primeros tramos inferiores. Es en las sanciones consideradas muy graves donde el importe aumenta en su grado máximo de forma exagerada y fuera del contexto lógico.

Sin embargo, el gran problema radica en la inseguridad jurídica que se produce sobre algunas de las posibles infracciones de cada una de las gradaciones.

Tratándose de una norma de carácter punitivo, la legalidad no puede quedar a la interpretación de los agentes de la autoridad por una mala redacción.
Ante esta situación, determinados colectivos han optado por clamar a una huelga para la caza de control por daños agrícolas, ganaderos y forestales.

AGRUPCAT (Agrupació de Societats de Caçadors i Pescadors de Catalunya) no apoyara en primera instancia esa iniciativa. Pero en el caso de no avanzar en la vía negociadora y consensuada que atienda a las solicitudes del colectivo, estudiara en su caso si debe secundarla. No sólo en la caza de control poblacional autorizada con carácter excepcional, sino en toda su amplitud, incluyendo la que verdaderamente supone el peso específico cinegético catalán.

La Agrupació no puede estar de acuerdo en un parón de la caza por daños porque ello conllevaría a dar la espalda a agricultores, ganaderos (zoonosis) y propietarios forestales. Pues estos y no otros, son los que permiten ejercitar las actividades cinegéticas en terrenos de su propiedad y con quienes siempre se contara antes de tomar ninguna decisión.

Por tanto, es la voluntad de AGRUPCAT que se llegue a una pronta solución poniendo para ello cuantos recursos sean necesarios para buscar el buen fin del colectivo.

 

 

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